El Superior Tribunal de Justicia confirmó la condena por mala praxis

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El Superior Tribunal de Justicia confirmó la condena por un caso de mala

COR080319-010F01.JPG

praxis, ocurrido hace doce años en el Hospital de Ituzaingó. Por ello, la Corte provincial declaró inadmisible un recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley y confirmó el fallo de la Cámara de Apelaciones de Santo Tomé, que condenó a un médico de Ituzaingó y al Hospital “Ricardo Billinghurst” que atendieron a un niño que falleció por peritonitis en febrero del año 2007. El dictamen dice: “Se confirmó el pronunciamiento de primera instancia que, en lo que aquí interesa, atribuyó responsabilidad al médico por mala praxis en el diagnóstico, atención y tratamiento del niño que derivó en su muerte; y determinó en $526.680 y $254.000 la pérdida de chance y daño moral, respectivamente, que deberá ser pagado por el Estado de la Provincia”. El caso data del año 2007 cuando el niño fue internado en el Hospital “Ricardo Billinghurst” por un dolor abdominal fuerte de 72 horas de evolución, plazo que había transcurrido desde la primera consulta y que había sido recepcionada por el mismo profesional de la salud que continuó con el tratamiento. El 27 de febrero de ese año, el diagnóstico presuntivo de Plastrón Apendicular fue acompañado por un laboratorio que advirtió la presencia de una infección. En ese entonces el niño fue tratado con antibióticos. Pero al no ver mejoría, el menor fue trasladado al Hospital Pediátrico “Juan Pablo II” de la capital correntina los primeros días de marzo de ese año. Donde finalmente falleció por una sepsis a foco enteral, producto de una peritonitis. En este contexto, el fallo de la Cámara de Apelaciones de Santo Tomé determina que “el diagnóstico (plastrón apendicular) pudo haber originado un tratamiento de antibióticos como primera medida, y esa situación no admitía titubeos, se lo sometía a cirugía o se lo derivaba a un centro de mayor complejidad; de allí que la derivación debió ser inmediata y, no recién el día 2 de marzo”.