Nación elimina la declaración jurada de ingreso a Misiones por Puerto Iguazú

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En las próximas horas será efectiva la eliminación de la declaración jurada de ingreso a la provincia de Misiones por Puerto Iguazú. Así lo decide la decisión adminitrativa de “Nuevas medidas de Sanidad de Fronteras” de la Jefatura de Gabinete de Ministros de Nación al que PRIMERA EDICIÓN tuvo acceso este jueves y que en las próximas horas entrará en vigencia cuando se publique en el Boletín Oficial.

Finalmente el Gobierno nacional decidió derogar la decisión administrativa 370/2022, publicada en el Boletín Oficial el pasado 6 de abril de este año, donde se establecían una serie de requisitos migratorios y sanitarios que se debían cumplir.

La eliminación de las DDJJ, que deben hacer todas las personas (nacionales y extranjeras) que hayan permanecido en el exterior por más de 24 horas, era un reiterado pedido del Gobernador Oscar Herrera Ahuad a la Nación, debido a que la misma se realiza online y era parte de los reclamos de quienes trasponen el puente internacional Tancredo Neves como parte de las demoras en el viaducto.

El misionero habló con Manzur ayer de la agilización de la frontera norte ya que Iguazú se convirtió en el paso fronterizo de mayor movimiento migratorio de los últimos meses, con mayor tránsito que el aeropuerto internacional de Ezeiza.

Según el documento firmado por el jefe de Gabinete Juan Manzur; el ministro del Interior Eduardo Wado de Pedro; y la ministra de Salud Carla Vizzotti, en el artículo 1 inciso a, informa que “en caso de detectarse o reportarse en el punto de entrada al país un caso positivo o sospechoso de COVID-19, se procederá teniendo en cuenta iguales medidas de prevención y control que para cualquier infección respiratoria aguda, según lo establecido en el documento denominado “Estrategia de vigilancia y control integral de COVID-19 y otras infecciones respiratorias agudas”, publicado por el Ministerio de Salud de la Nación en abril del 2022″.

Además, “no será necesario realizar controles de temperatura en los puntos de ingreso al país ni en los embarques con destino al territorio nacional”, se informó. En tanto que “podrán establecerse restricciones al ingreso de los y las acompañantes de los pasajeros y las pasajeras a las terminales aeroportuarias cuando la situación epidemiológica así lo requiera”. 

Fuente primera edicion