Matías Robledo es abogado y se comunicó con Radio Sudamericana para hablar sobre un tema con muchas variables y que puede ser complicado de entender: las pensiones otorgadas a familiares de personal esencial que haya fallecido en plena labor entre marzo y diciembre del 2020.
“Es un decreto que salió hace un mes donde se tienen en cuenta salarios que iban a ser considerados a la hora de pagar Impuestos a las Ganancias. Es un poco difícil de entender, ya que la implementación de esta pensión se maneja dentro de un plazo que quedó un poco corto, ya que era para familiares de fallecidos entre marzo y diciembre del 2020. Por ahora, el decreto nada dice de extender el plazo”, destacó Robledo en la comunicación.
Con respecto a los trámites para obtener el beneficio, Robledo explicó: “Como todas las pensiones no contributivas, para mayor información se deberá consultar al ANSES. Es de autogestión y es por eso que se deben asesorar antes de realizarlo. Se debe acreditar la partida de defunción de la persona, aclarando la razón por la que la persona falleció. Porque solía ocurrir que la persona fallecía por complicaciones post Covid-19. También se debe aclarar el vínculo con esa persona. Aquí pueden ser los hijos, la pareja con la que contrajo matrimonio o cualquier otro vínculo que esté documentado y que esté contemplado por la normativa”.