Súper cepo al dólar: habrá una retención del 35%, además del impuesto del 30% y más restricciones

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El Banco Central (BCRA) decidió este martes restringir aún más el cepo cambiario. Puso en marcha una batería de medidas con las que espera aliviar la presión sobre sus deterioradas reservas y con las que aspira a reducir la brecha cambiaria.La entidad que preside Miguel Ángel Pesce resolvió que los gastos realizados con tarjetas en el exterior ocuparán parte del cupo mensual de u$s 200, dispuso una retención del 35% para la compra de dólar ahorro o gastos con tarjeta en el exterior, extendió a 15 días el parking para la compra de títulos en moneda local y decidió limitar el acceso al mercado a empresas que deban afrontar deudas superiores a u$s 1 millón por mes.

La autoridad monetaria estableció que a partir del 1° de septiembre de 2020 los pagos realizados por los consumos en moneda extranjera con tarjetas de crédito o débito se tomarán a cuenta del cupo mensual. No habrá tope al consumo con tarjetas (débito y crédito) y cuando los gastos mensuales superen el cupo, absorben el de los meses subsiguientes.

Súper cepo al dólar: qué dice la resolución de la AFIP que reglamentó la percepción del 35% a cuenta de Ganancias y Bienes PersonalesA través del Boletín Oficial, la Administración Federal de Ingresos Públicos detalló cómo funcionará el mecanismo mediante el cual se aplicará el recargo sobre la compra de dólares para atesorar o gastos en la misma monedaEl Cronista / GUILLERMO PEREIRAPara no afectar la operatoria habitual, indicó el Central, la deducción del límite será aplicada al inicio del mes siguiente a la realización de los consumos con tarjeta de crédito en moneda extranjera.

Para no afectar la operatoria habitual, indicó el Central, la deducción del límite será aplicada al inicio del mes siguiente a la realización de los consumos con tarjeta de crédito en moneda extranjera.La entidad que preside Miguel Ángel Pesce dispuso, además, que el dólar ahorro y los gastos en divisa con tarjeta pagarán 35% a cuenta del Impuesto a las Ganancias o de Bienes Personales. Ante la consulta de El Cronista respecto de qué ocurrirá con aquellas personas que compren su cupo de dólar ahorro pero no estén afectados por dichos impuestos, puertas adentro del edificio situado sobre la calle Reconquista reconocieron que «quien no paga el Impuesto a las Ganancias deberán solicitar el reintegro ante la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP).»La iniciativa se propone mantener el cupo de u$s 200 mensuales vigente, pero desalentar la demanda de moneda extranjera que realizan las personas humanas con fines de atesoramiento y gastos con tarjeta», argumentó el BCRA.

A continuación, sin embargo, agregó: «La CNV pondrá en práctica una serie de requerimientos en vistas de favorecer la tramitación de operaciones financieras en el mercado local. En este sentido, elevará los plazos de tenencia mínima que deberán respetar las transferencias receptoras de títulos valores desde el exterior para su liquidación en moneda local hasta los 15 días hábiles».Entre las múltiples medidas tomadas este martes por el Banco Central se destacó, además, que decidió restringir el acceso al contado con liquidación para no residentes.

Esta medida implicará la eliminación de la posibilidad de que los agentes financieros no residentes lleven adelante operaciones de liquidación de títulos valores contra moneda extranjera. Y el BCRA limitará la posibilidad de liquidación local de operaciones con títulos valores realizadas íntegramente en el exterior. «Las mencionadas decisiones restringirán la realización de maniobras especulativas llevadas adelante por fondos de inversión no residentes en el país y su impacto sobre la dinámica de los mercados financieros y de cambios», argumentó la entidad.

Fuente el cronista