Playa Arazaty: denuncian irregularidades e indemnizaciones multimillonarias en el proyecto shopping

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Se conoce un nuevo elemento judicial que refuerza la posición de quienes sostienen que el terreno de playa Arazaty donde el Municipio auspicia la construcción de un centro comercial se trata de un espacio público.

Se trata de planteos de nulidad al Convenio planteado por los dueños originales del predio que, además, continúan con demandas de indemnizaciones multimillonarias contra la Municipalidad según documentación aportada a momarandu.com.

Según se informó este miércoles 11 de marzo desde el colectivo ciudadano Defensores de laos Espacios Costeros, el 27 de marzo de 2019 el abogado Néstor Mario Ricer (M.P. 3751), en representación de Pablo Augusto Bayol y Leopoldo Gustavo Bayol, presentó ante el Juzgado Civil y Comercial N°13 el documento titulado “advertencia de irregularidades”.

Hace un año el escrito forma parte de la causa “Bayol C/ Municipalidad de la Ciudad de Corrientes S/ Expropiación”. Allí Néstor Ricer advierte a la jueza Varinia Machado Feris que el polémico “Convenio Transaccional” que firmaron (el 19 de enero de 2019) la Municipalidad (demandada por Bayol) y Hoco SA (tercero interesado) está plagado de “irregularidades y nulidades”; que el instrumento “afecta bienes y recursos públicos” y califica al convenio como “meras liberalidades” concedidas por el Municipio y a Hoco S.A.

El escrito se enmarca en un juicio de expropiación inversa que Bayol inició en 2008 y cuyo objeto era el pago de una indemnización por el inmueble donde se construyó la Av. Juan Pablo II. Posteriormente, los señores Bayol cedieron esos derechos litigiosos a la empresa Hoco S.A respecto de una posible indemnización, pero solo sobre el espacio del terreno sobre el cual se construyó la defensa Costanera Sur y, que actualmente se conoce como Av. Juan Pablo II.

En ese contexto, el escrito de Néstor Ricer advierte que el Convenio Transaccional “otorga privilegios como la excepción del pago del 50% de permisos”, y“no cuenta con la expresa autorización del Concejo Deliberante”, por lo que carece de validez (Art. 46, Inc. 11 de la Carta Orgánica Municipal).

El escrito del abogado Néstor Ricer, en representación de Pablo y Leopoldo Bayol, describe que el convenio transaccional “ni siquiera fue firmado por el Intendente como Representante Legal del Municipio”. Y quien firmó en nombre de la Comuna (un asesor legal) “carece de las facultades para suscribir dicho tipo de convenio transaccional”.

También describe que el convenio sólo expresa “inexistencia de concesiones recíprocas», y sólo «meras liberalidades recíprocas”. “Hoco SA formula un desentimiento como mera liberalidad (textual) y el pretendido representante de la Municipalidad formula un supuesto reconocimiento que, por cierto, carece de la indispensable autorización del Concejo Deliberante. No hay concesiones, sino meras liberalidades que son extrañas al presente juicio”, agrega el documento que forma parte de la causa “Bayol C/ Municipalidad de la Ciudad de Corrientes S/ Expropiación”.

«Ricer denuncia que el convenio transaccional pretende una “subrepticia paralización condicional de este expediente” que afectaría “los derechos de mis mandantes” y como Pablo y Leopoldo Bayol, “que revisten calidad de únicos actores del presente juicio, no intervinieron en dicho convenio”, no les comprende lo que acordaron la demandada (Municipalidad) y el tercero interesado (Hoco SA); por lo que ellos continuarán con el juicio de expropiación inversa que iniciaron en 2008».

«Este elemento judicial clave demuestra que no fue verdad lo que el intendente Eduardo Tassano aseguró que con el polémico Convenio Transaccional terminaban los litigios contra la Municipalidad» y «lo más grave es que el Ejecutivo Municipal mantuvo secreto la firma del polémico convenio» afirma el colectivo ciudadano . Eso fue «desde enero de 2019 hasta diciembre de 2019 cuando mandó al Concejo Deliberante para que se aprueben todas las excepciones al código de planeamiento para que se construya el shopping», indicó.

«Recién ahora, un año y dos meses después de la firma, el Ejecutivo pretende que el Concejo Deliberante homologue el Convenio Transaccional», subrayan. También, lo acusan de ocultar «la oposición judicial y los planteos de nulidad que los dueños originales del predio plantearon contra el Convenio Transaccional ante el Juzgado Civil y Comercial N°13 de la Capital».

«Los Bayol, en el expediente judicial N° 19.662, ratifican que continuarán con el juicio de expropiación inversa, que sus derechos no quedan supeditados a “un pretendido convenio suscrito por personas que carecen de facultades”; por lo que solicitaron a la jueza Varinia Machado Feris “que las actuaciones continúen según su estado y en consecuencia se llamen autos para dictar sentencia”, solicitó el abogado Néstor Ricer en el escrito titulado “advertencia de irregularidades”.

DEMANDA DE ENTRE 350 U 400 MILLONES CONTRA LA MUNICIPALIDAD
El colectivo precisó que se trata de una demanda original de 5,5 millones de dólares que, a valores actualizados, representa una demanda de $350 a $400 millones contra la Municipalidad de Corrientes. No obstante, contrastó que la tierra donde pretenden construir el shopping «tiene un valor de mercado de hasta 5.000 dólares el metro cuadrado (sobre la playa, frente al río, con vista privilegiada, con acceso a avenidas y servicios)».

En volumen el espacio autorizado para la construcción supera los $550 millones en patrimonio público que la Municipalidad de Corrientes pretende concederle de manera gratuita al privado Hoco SA-Casinos del Litoral SA., calcula el colectivo.

«Aunque los valores (de mercado) podrían ser incluso superiores porque se trata de un predio que se encuentra fuera del ejido urbano, lugar natural privilegiado sobre el que pesaban prohibiciones de construcción que ahora desaparecieron para permitir construcciones comerciales y viviendas en altura», expresó.

ANTECEDENTE REY VAZQUEZ
Por último, el colectivo ciudadano citó el «antecedente Rey Vázquez», letrado que actualmente ocupa el cargo de presidente del Superior Tribunal de Justicia de Corrientes. «Desde el inicio de ese juicio de expropiación inversa por parte de Bayol en 2008, iniciado durante la gestión del ex intendente Carlos Vignolo; la Municipalidad de Corrientes entendió que el derecho y la acción instaurada contra la Comuna había “prescripto” en el 2003; debido a que la Ordenanza y el Decreto Ley que declaró de «utilidad pública” y autorizó la “expropiación” de esos inmuebles fuero sancionada en el año 2000. Y que todas las acciones fueron “lícitas en razón de que no existieron hechos antijurídicos por parte del Estado”, indicó.

«Ese antecedente jurídico, en defensa de la tierra pública y el erario público municipal, fue marcado en el Expediente Judicial N°19.662 por el entonces titular del Servicio Jurídico Permanente de la Municipalidad, el Dr. Luis Eduardo Rey Vázquez.

En ese momento era funcionario de la gestión del intendente Carlos Vignolo, actualmente es ministro y presidente del Superior Tribunal de Justicia de la Provincia», indicó.

«Todas las gestiones municipales que le siguieron, desde 2009 hasta el 2017, entendieron el caso en el mismo sentido jurídico: el reclamo que inició Bayol en 2008 y los derechos litigiosos invocados por Hoco S.A están prescriptos desde 2003. Que los privados invocan un derecho extinto, que el planteo fue realizado fuera de término y hace mucho tiempo opera la prescripción a favor del Estado que expropió esos terrenos para realizar la obra de defensa costera conocida como Costanera Sur», sostuvo.

«Respecto del inmueble donde se pretende construir el shopping y el de calle Lamadrid (donde pretenden construirse un edificio de viviendas), fueron adquiridos por la empresa Hoco S.A muchos años después de que fueran declarados de utilidad pública y sujetos a expropiación, y ni siquiera fueron objeto del juicio de expropiación iniciado en el año 2008 por Bayol», subrayó.

Fuente: momarandu